Actualizado con el BOE y la Sede de la AEAT · Última revisión: julio 2026
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VeriFactu para construcción y reformas: guía para albañiles, fontaneros y electricistas

Verificado el 21/07/2026.

Albañiles, fontaneros, electricistas, pintores, reformistas: el sector trabaja con presupuestos, certificaciones y facturas a particulares y a empresas. Esto es lo que VeriFactu cambia — y lo que no — a partir del 1 de julio de 2027 (autónomos).

La regla aplicada a tu caso

Ojo con lo que viene después: la factura electrónica B2B

En construcción es habitual facturar a promotores, constructoras y otras empresas. Ahí entra la segunda reforma (Ley Crea y Crece): hacia ~octubre de 2028, las facturas entre empresas y autónomos deberán ser electrónicas estructuradas — el talonario en papel dejará de valer para clientes de empresa. Si la mayoría de tu facturación es B2B, tiene poco sentido resistirse con papel: acabarás necesitando software igualmente. Diferencias entre las dos normas.

Situaciones típicas del sector

Situación Qué implica
Reformas a particulares, facturas a mano Legal sin cambios (hasta que factures a empresas en 2028)
Facturas con app o programa El programa debe tener declaración responsable RRSIF antes de jul/2027
Subcontrata que factura a constructora VeriFactu 2027 + factura electrónica B2B ~2028: mejor resolver ambas con un solo software
Trabajos con inversión del sujeto pasivo (ISP) La mecánica de IVA no cambia por VeriFactu; el software debe soportarla igualmente

Recomendación práctica (la más barata primero)

  1. Poco volumen, solo particulares: app gratuita de la AEAT (sin coste, sin límite de facturas; sin automatizaciones) — análisis.
  2. Volumen regular o clientes de empresa: software comercial adaptado desde ~8–12 €/mes, con presupuestos → factura, series y rectificativas — directorio.
  3. En ambos casos: numeración correlativa, conservación de las facturas antiguas y QR en las nuevas.

Preguntas frecuentes

¿Las certificaciones de obra entran? La certificación no es factura; la factura que emites a partir de ella, sí (con las reglas generales).

¿Y si cobro en efectivo? El límite de pagos en efectivo (1.000 € entre empresarios, Ley 11/2021) es otra norma distinta que ya está en vigor — no la confundas con VeriFactu.

Estoy en módulos, ¿me afecta? El régimen no te exime; depende de cómo emitas — guía para módulos.


Fuentes oficiales: RD 1007/2023 y RRSIF (BOE) · Ley 18/2022 Crea y Crece, art. 12 + RD 238/2026 (BOE) · Ley 11/2021 (BOE) · Sede AEAT, FAQ SIF/VERI*FACTU.

Contenido puramente informativo. No constituye asesoramiento fiscal ni legal. Verificado el 21/07/2026.

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